Nueva jornada del Seminario Permanente de Derecho Público abordó la “Discusión constitucional post pandemia”

Organizado por la carrera de Derecho de UST Viña del Mar, el encuentro contó con las exposiciones de los especialistas Gonzalo Aguilar, Tania Busch y Daniela Méndez.

Con la participación de tres destacados profesionales del área se desarrolló una nueva jornada del Seminario Permanente de Derecho Público organizado por la Facultad de Derecho de Universidad Santo Tomás. En esta oportunidad, la actividad estuvo a cargo de la carrera de Derecho de la sede Viña del Mar de UST y la temática fue “Discusión constitucional post pandemia”.

Los expositores fueron Gonzalo Aguilar, profesor del Centro de Estudios Constitucionales de Chile, de la Universidad de Talca; Tania Busch, profesora de la Escuela de Derecho de la Universidad Andrés Bello; y Daniela Méndez, profesora de la carrera de Derecho de Universidad Santo Tomás sede Viña del Mar. El encuentro contó la moderación de Enrique Díaz, director nacional de la Escuela de Derecho de Universidad Santo Tomás.

 Medio ambiente y Constitución

La primera exposición estuvo a cargo de Gonzalo Aguilar, quien presentó el tema “El medio ambiente en la nueva Constitución. Elementos para la discusión”. Para comenzar, indicó que “es un buen momento para reflexionar sobre el orden público ambiental. En las constituciones del Siglo XXI es evidente que tiene que haber un dispositivo para hacer frente a los desafíos medioambientales, que son transnacionales. Reflexionar a propósito de eso ayudaría a resolver controversias que se pudieran dar a nivel constitucional.”

“¿Qué se podría proponer? Establecer valores relacionados con el medio ambiente en la Constitución, particularmente en el Capítulo Primero, en las bases de la institucionalidad. Hablar del valor de la diversidad de la naturaleza, el valor de la sustentabilidad o sosteniblidad, en definitiva, apuntalar un modelo de Estado sustentable o sostenible”, señaló.

El abogado agregó que “mi propuesta es mejorar la Constitución en el nivel de valores, principios y derechos para darle completitud a la protección de los derechos del medio ambiente, de tal manera que en el futuro no podamos hablar solamente que existe un orden público en materia ambiental, sino que habremos consagrado de manera definitiva una constitución ambiental”.

 Participación y deliberación

Por su parte, Tania Busch expuso sobre “Participación y deliberación sobre cambio constitucional en Chile”, enfatizando que el proceso constituyente se instaló “hace décadas” en la discusión política y en la década final en la discusión ciudadana: “La reflexión viene de antes de la vigencia de la Constitución actual, eso es una particularidad. La transición tampoco logró generar patriotismo constitucional, siempre hubo incomodidad, entonces la demanda por una nueva Constitución no obedece a una sola crisis o cambio de régimen, sino de la incapacidad de la Constitución para proveer los bienes públicos que demanda la ciudadanía”.

“El proceso constituyente chileno ha sido largamente larvado y hoy día hemos entendido que la Constitución vigente es un factor de inestabilidad y conflicto, pero está por verse si vamos a estar a la altura en términos de participación, tanto en cuanto a lo electoral, pero sobre todo en cuanto a diseño de instituciones deliberativas que acompañen la discusión del órgano constituyente. Más allá de lo que pueda ocurrir con la pandemia, nuestro problema constitucional es una incomodidad ya intolerable, que debemos resolver como comunidad política más temprano que tarde”, sentenció.

 Derecho Internacional en la Constitución

Finalmente, Daniela Méndez habló sobre “El Derecho Internacional en la nueva Constitución”, abordando el tema desde dos perspectivas: la primera, relativa a cómo la futura comisión constituyente debe considerar las obligaciones internacionales existentes en la redacción de la nueva Constitución; y la segunda, cómo la nueva Constitución debiese aprovechar la oportunidad para regular la incorporación y jerarquía de las fuentes del Derecho Internacional en el ordenamiento jurídico chileno.

“Respecto a la primera, la ley 21.200 señala que el texto de la nueva Constitución debe respetar los tratados internacionales ratificados por Chile que se encuentren vigentes. Es una cláusula que ha generado bastante ruido porque una de las cosas que se le ha discutido es que no distingue entre distintos tipos de tratados internacionales, debería haberse centrado en los tratados que tienen jerarquía superior, como los tratados en materia de Derechos Humanos. También se cuestiona que omite la existencia de otras fuentes del Derecho Internacional. Esto es especialmente grave considerando que hay muchas obligaciones derivadas en materia de Derechos Humanos que están en tratados que no han sido ratificados por Chile”, manifestó.

Sobre la incorporación y jerarquía de las fuentes del Derecho Internacional, señaló que “en general depende de cada Estado la manera en que incorporan los tratados. Al Derecho Internacional sólo le interesa que el Estado cumpla. Y se puede decir que lo que pasa en la Constitución chilena es similar a lo que hacen diferentes estados. La regla general es limitarse a los tratados internacionales y tampoco hay mucha referencia a la jerarquía en las fuentes del Derecho. La discusión constituyente es una buena oportunidad para reflexionar con más profundidad en algo que no se reflexiona demasiado en Chile, que es la relación entre Derecho Constitucional y el Derecho Internacional”.