Transitar en Educación Superior
Cada 31 de marzo desde el año 2009 se conmemora el Día Internacional de la Visibilidad Trans, con el fin de concientizar y sensibilizar a la población en contra de la discriminación que las personas trans sufren en todo el mundo. Las personas trans son quienes sienten y expresan una identidad de género distinta del sexo biológico de nacimiento y socialmente esperado (Del Pino Rubio & Verbal Stockmeyer, 2015). Durante siglos y décadas han sido víctimas de una violencia excluyente, regidas por normas que han censurado y castigado sus territorios corporales (Butler, 2007), especialmente mujeres trans (Rubio, Basáez, Escorza & Fuenzalida, 2021), quienes desarrollan sus trayectorias educativas desde la discriminación que genera efectos negativos en su salud mental, interacciones sociales y desempeño académico (Cornejo, 2017; Barrientos 2019). Por ello, la probabilidad de ideación e intentos de suicidio es de hasta siete veces mayor entre jóvenes LGBTI que entre sus contrapartes heterosexuales (Martínez, et al., 2018).
El Estado de Chile ha promulgado distintas leyes que apoyan el reconocimiento jurídico, afectivo y social de las personas trans, tales como la ley 20.609 (2012) que establece medidas contra la discriminación, entre ellas por identidad de género y orientación sexual; la ley 21.120 (2019) de identidad de género que reconoce la facultad de toda persona cuya identidad de género no coincida con su sexo y nombre registral a solicitar su rectificación, y la ley 21.369 (2021) que regula el acoso sexual, la violencia y la discriminación de género en la Educación Superior, señalando como plazo máximo septiembre de 2022 para que las universidades establezcan políticas, planes, protocolos y reglamentos que sancionen los actos discriminatorios, al mismo tiempo que otorguen protección y reparación a las víctimas. Las instituciones educacionales que no adopten una política al respecto no podrán acceder u obtener la acreditación institucional que establece el sistema nacional de acreditación.
En este escenario, es de esperar que las instituciones de Educación Superior transiten y se conviertan en espacios seguros y libres para que las personas trans puedan vivir sus procesos de transición y formación profesional, teniendo los mismos derechos y privilegios de quienes se rinden ante el heterocispatriarcado y se sienten cómodos/as con el género socialmente asignado al nacer. La motivación para implementar estas normativas no solo debe estar puesta en la obligación de cumplirlas, sino en el convencimiento de que las universidades son espacios pluralistas y democráticos, que aportan a la construcción de una cultura más inclusiva y menos excluyente en una sociedad que históricamente ha negado e invisibilizado a quienes sienten y se expresan de manera diferente. Porque la diversidad no es un problema, sino una oportunidad para el enriquecimiento de la sociedad, a través de la activa participación en la vida familiar, en la educación, en el trabajo y en todos los procesos sociales y culturales (UNESCO, 2005).