Aumento en retención de honorarios: ¿Mayor impuesto o mayor ahorro?

Desde el año 2020 la retención que se aplica al monto bruto de las boletas de honorarios ha tenido aumentos sostenidos de 0,75 puntos porcentuales anualmente, de lo que históricamente era un 10%, siendo un 12,25% desde el 2022 hasta completar un 17% el 2028.

Luego, esto nos lleva a preguntarnos si consiste en un mayor impuesto sobre la renta o un mayor ahorro para los contribuyentes.

Si bien esta retención se declara como parte de los impuestos mensuales en el Formulario 29, este monto no constituye un impuesto en sí, dado que no representa una forma de recaudación fiscal, sino un monto que pasa a formar parte de una “cuenta de ahorros” tributaria para la persona a la que se le aplica este porcentaje, pudiendo ser descontado del impuesto a la renta anual que debe pagar y cuyo excedente le es devuelto en la declaración anual de impuestos del mes de abril.

Adicionalmente a esto, a contar del año tributario 2019, existe la obligatoriedad de cotizar sobre el 80% de las rentas obtenidas de honorarios para hombres menores de 55 años y mujeres menores de 50 años, pudiendo así acceder a beneficios propios de previsión y salud, además de diversos seguros a los que anteriormente los trabajadores independientes no tenían acceso.

Si bien esto podría considerarse como una disminución de la renta líquida obtenida en el plazo inmediato, tanto en el largo como en el corto plazo representa un ahorro personal.