Libertad de enseñanza
Durante estas semanas, la Convención Constitucional ha estado en la etapa de aprobación del reglamento de las comisiones y de los principales temas que en cada una de ellas se discutirán, proceso a partir del cual se comenzarán a abordar los contenidos que se contemplarán en la redacción de la Nueva Constitución.
Sin duda, estamos ad portas de iniciar una etapa clave, y en la que esperamos se incorporen a la discusión algunos temas que fueron relegados en primera instancia, como en materia de educación el derecho preferente de los padres a educar a sus hijos- abordado anteriormente en este espacio-, y el de libertad de enseñanza, ambos estrechamente vinculados.
Desde dicha perspectiva, hay que señalar que el derecho a la libertad de enseñanza se encuentra consagrado en nuestra constitución en el Artículo 19 N° 11, y tal como lo explica la abogada María Trinidad Schleyer, en un informe legislativo “La libertad de enseñanza, se erige como una protección frente al poder de la autoridad en esta actividad propia del ser humano”.
En ese sentido, es fundamental ser claros en manifestar que, sin libertad de enseñanza, los padres no podrán el tipo de colegio que desean para sus hijos, ya sean laicos, confesionales, de idiomas, municipales, privados, subvencionado, etc.
Por su parte, en educación superior son los propios estudiantes, quienes además de elegir su futura profesión, deben tener la oportunidad de decidir la institución de educación superior que responda a sus intereses, y vocación.
Pero, además, no debemos olvidar los aportes que ha permitido la libertad de enseñanza en educación superior, dado que el sistema de provisión mixta ha permitido aumentar la cobertura, transformando la realidad de miles de jóvenes de las distintas regiones y comunas de nuestro país.
Agregar a lo dicho, y a modo de ejemplo, que en 2021 la matrícula en educación superior aumentó en 3,7 % alcanzado a 1.204.414 estudiantes. Un logro importante, que tiene como elemento clave la participación de instituciones de educación superior estatales y privadas con sus diversos proyectos educativos.
Esperamos entonces, que cuando en la Convención Constitucional se aborde el derecho a la educación, se reconozca el aporte que significa la libertad de enseñanza; de lo contrario se estaría atentando contra un derecho que ha estado presente siempre en nuestra historia como república, y que es una contribución para miles jóvenes de las distintas comunas de nuestro país, que durante estos días están eligiendo la casa de estudios en la que cumplirán sus sueños.