Derecho preferente de los padres
Hace un par de semanas, el pleno de la Convención Constitucional rechazó incorporar en el temario de la Comisión de Derechos Fundamentales, el derecho preferente y el deber de educar de los padres a sus hijos, el cual se encuentra consagrado en nuestra actual constitución en el Artículo 19, número 10.
En ese sentido, debemos aclarar en primer término que está temática aún puede ser abordada en esta instancia, pero no será parte del temario principal de la comisión señalada. No obstante, ello, resulta inquietante que no se haya incorporado este tema en la discusión, dada su relevancia para nuestra sociedad.
Desde dicha perspectiva, debemos indicar que en nuestro país entendemos que el núcleo fundamental de la sociedad es la familia, y tal como señalan José Ignacio Martínez y Marcela Peredo, investigadores de Polis Observatorio Constitucional de la U. de los Andes, “uno de sus fines esenciales es formar a los hijos,y transmitirles los valores, creencias, cultura y conocimientos que van dando forma al complejo y rico entramado que conforma la sociedad”.
A partir de ello, es inquietante que este derecho y deber preferente de los padres a educar a sus hijos deje de ser prioritario para la Convención Constitucional, y quede relegado en un primer momento, sobre todo cuando observamos que este derecho fundamental tiene su raíz en lo ocurrido con el proceso de adoctrinamiento se vivió en los colegios del régimen nazi; el que se complementó con la protección de la familia. Ambos derechos, ampliamente reconocidos por constituciones europeas y por la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH) de 1949.
En esta línea, Francisca Figueroa, de Acción Educar, explica que “la DUDH, junto con marcar un hito en el reconocimiento de los derechos fundamentales, ha sido origen e inspiración de numerosos tratados internacionales, guiando el actuar de los Estados en el respeto de los derechos humanos. Tratados que han profundizado en el significado y alcance del derecho a elegir la enseñanza de los hijos más allá de ser una protección contra el adoctrinamiento estatal”.
Frente a esta realidad, y cuando muchos padres y madres están en la búsqueda de los colegios para sus hijos, se vuelve absolutamente necesario reflexionar sobre la importancia de este derecho y su importancia en la Nueva Constitución, enfatizando siempre que es el Estado quien esta al servicio de la familia y de la educación de niños, niñas y adolescentes.